1.- Compañía organizadora. La empresa THE OTHER ONE, S.L. (en lo sucesivo, podrá ser identificada como “LA ORGANIZADORA” o como “SMASH HIRO”) con domicilio social en C/ Polo y Peyrolon 53, 46021 Valencia.
2.- Objeto y mecánica del concurso. El concurso tratará de adivinar una combinación numérica de cuatro dígitos en una caja fuerte, siendo el premiado el primero que logre adivinar el código correcto.
3. Premio: El premio asciende al importe de 1.000,00 € por averiguar dicho código. Se eliminarán las participaciones inadecuadas.
Las participaciones presentadas no pueden haber sido premiadas en otros concursos ni publicadas anteriormente en ningún soporte profesional, incluidos los electrónicos, con la excepción de redes sociales de uso personal.
La participación en el Concurso supone la cesión y autorización expresa de todos los derechos de propiedad intelectual y de imagen sobre las participaciones, de forma que el participante cede a LA ORGANIZADORA los derechos de explotación de naturaleza intelectual, industrial y/o de imagen que pudieran corresponderle o derivar de las participaciones enviadas para participar en el Concurso.
4.- Duración y Ámbito. La actividad se desarrollará en la localización de Smash Hiro en Valencia (Calle Polo y Peyrolon 53). La fecha de inicio y finalización será el horario de apertura del local el día 28 de mayo de 2025.
5.-Requisitos para participar. Podrán participar en la Promoción todas las personas físicas mayores de 18 años que adquieran una hamburguesa en Smash Hiro Valencia presencialmente en el local durante el día 28 de mayo de 2025. Se podrá participar tantas veces como hamburguesas se adquieran.
No podrán participar: Empleados de la empresa, familiares de éstos, perfiles fraudulentos ni personas menores de edad.
6.- Reconocimientos, autorizaciones y cesiones de derechos. A efectos de lo dispuesto en la legislación vigente, el participante concede a LA ORGANIZADORA autorización expresa para utilizar, de acuerdo con los usos habituales en Internet, los datos, fotografías, imágenes y demás obras, facilitados, así como, en general, cualquier otra información relativa a ésta que se pueda considerar conveniente o necesaria para la realización o explotación comercial.
En todo caso, la cesión de los derechos anteriormente indicados será a título gratuito.
7.-Responsabilidad. LA ORGANIZADORA no adquiere ningún deber ni obligación contractual con los participantes y se reserva el derecho de anular o eliminar cualquier contenido sin necesidad del consentimiento del participante y excluye cualquier responsabilidad que pudiera derivarse de errores en la llegada de los comentarios, por deficiencias del Servicio de Internet.
Asimismo, LA ORGANIZADORA se reserva el derecho de descartar las participaciones que detecte fraudulentas o inapropiadas conforme a las presentes BASES.
LA ORGANIZADORA no será responsable de ningún otro daño de acuerdo con las Condiciones Establecidas, incluidas las que no han sido expresamente mencionadas.
Tras la recepción del premio, el ganador acepta exonerar y mantener indemne a LA ORGANIZADORA y a sus correspondientes sucursales, filiales, proveedores, distribuidores, agencias de publicidad/promoción y proveedores de premios, así como sus respectivas matrices y los delegados, administradores, empleados y agentes de dichas compañías (conjuntamente las “Partes Exoneradas”) frente a cualquier reclamación o demanda derivada de la participación en el Concurso o recepción o uso indebido de cualquier premio, en la medida admitida por las leyes aplicables.
8.- Protección de datos. Los datos de los participantes se tratarán conforme a las disposiciones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de carácter personal (L.O.P.D) y del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (R.D.L.O.P.D).
9.- Aceptación de las bases. La simple participación en el concurso implica la aceptación de las presentes Bases, por lo que la manifestación en el sentido de no aceptación de la totalidad o parte de las mismas implicará la exclusión del participante y como consecuencia de ello, LA ORGANIZADORA quedará liberada del cumplimiento de la obligación contraída con dicho participante.